¿Quién debe pagar los desperfectos en una vivienda alquilada?

18 de Diciembre de 2018 Fernando Duran




Desperfectos en una vivienda alquilada ¿quién debe pagar?

Averías cotidianas o pequeños desperfectos suelen ser el pan de cada día en muchos pisos de alquiler. Especialmente, si tienen cierta antigüedad. “No me funciona bien la lavadora” o “la ventana de la habitación no cierra correctamente” son quejas habituales que, sin embargo, pueden desembocar en una fuente de conflictos entre propietario e inquilino si no se determina bien a cargo de quien corre el mantenimiento.

.- ¿Qué dice la ley?

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) dice que el casero tiene la obligación de realizar y pagar todas las reparaciones de conservación de la vivienda para asegurar el mantenimiento de la habitabilidad. Las obligaciones de ambas partes vienen recogidas en el artículo 21, en el apartado de ‘Conservación de la vivienda’, donde se especifican los gastos que debe sufragar el arrendador sin que tenga derecho por ello a aumentar la renta.  Ello no debería dejar lugar a dudas, pero lo cierto es que hay muchos matices y variables a tener en cuenta. Así, por ejemplo, existen dos excepciones contempladas en esta normativa: por un lado, la LAU dice que el casero no deberá pagar reparaciones si éstas se deben a daños causados por el inquilino (por ejemplo, por un mal uso). La segunda excepción hace referencia a los pequeños desperfectos cotidianos propiciados por el desgaste del uso de la vivienda, que tampoco deberá sufragar el propietario.

.- ¿Qué debe pagar el casero?

Para poner algunos ejemplos, el casero o propietario debe hacer frente a reparaciones o gastos comunes como

  • Reponer los electrodomésticos si éstos son muy viejos y ya no funcionan
  • Reparar la instalación eléctrica si tiene cierta antigüedad y no funciona correctamente
  • Reparar los electrodomésticos (la lavadora, el frigorífico, la vitrocerámica o la caldera) si no se demuestra que su avería es debida a un mal uso del inquilino. También debe pagar el arrendatario si se trata de daños menores (un piloto, la sustitución de un filtro…)
  • Obras de mantenimiento y conservación del techo de la casa, suelos, paredes y chimeneas.
  • Obras de mantenimiento de tuberías y calefacción
  • Mantenimiento y reparación de tuberías de agua y desagües

.- ¿Qué debe pagar el inquilino?

A pesar de que la ley determina que la mayoría de gastos de reparación de la vivienda corresponden al propietario, hay una serie de arreglos que corren por cuenta del inquilino. Éstos son algunos de los más importantes:

  • Pequeñas reparaciones que exige el desgaste de la vivienda. Así lo establece la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Según la jurisprudencia, se consideran pequeños gastos los que tienen un coste inferior a 150 euros.
  • Desperfectos derivados de un mal uso de la vivienda
  • Rotura de persianas
  • Sustitución de bombillas
  • Averías en los electrodomésticos derivadas de un mal uso de los mismos.